Si cobro el Ingreso Mínimo Vital, ¿estoy obligado a presentar la declaración de la Renta?

Los perceptores de esta ayuda deben formalizar su situación ante la Agencia Tributaria aunque la prestación no compute como ingreso imponible si no supera el umbral legal.

Si cobro el Ingreso Mínimo Vital, ¿estoy obligado a presentar la declaración de la Renta?
El sistema fiscal español establece una obligatoriedad administrativa que a menudo genera confusión entre los colectivos más vulnerables de Catalunya y del resto del Estado. Todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) tienen el deber de presentar la declaración del IRPF con independencia de la cuantía percibida, una exigencia que no siempre implica el pago de impuestos. De hecho, el IMV se considera una renta exenta que solo obliga a tributar cuando el conjunto de las ayudas públicas recibidas sobrepasa el límite de 1,5 veces el IPREM.

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